REQUISITOS
Designación del bien cuya expropiación se persigue, con todos los datos que pueda identificarlo.
Certificación de la oficina respectiva en que conste el valor de la declaración fiscal.
Indicación de la disposición legal en virtud de la cual se declara de utilidad o necesidad públicas o interés social, el bien.
Expresión de la suma que ofrece el expropiante, en concepto de indemnización total, debiendo fundamentar sus conclusiones.
Informe técnico de que el bien expropiado es el que se necesita para ejecutar la obra. (en caso se tratara de inmuebles).
PROCEDIMIENTO
- Se recibe y verifica íntegramente el expediente para cumplimiento de los requisitos formales y de fondo.
- Jefatura Administrativa recibe expediente para emisión de Resolución de Aprobación del Convenio.
- Gobernador Departamental autoriza con firma electrónica avanzada la resolución
- Como paso final se notifica a la persona solicitante.
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